02/11/2013 às 14h54min - Atualizada em 02/11/2013 às 14h54min

Paraguay: Potenciaran la producción y el consumo de productos lácteos

El Senador Enzo Cardozo presentó el Proyecto de Ley “Fomento de la cadena láctea, fortalecimiento de la producción nacional y promoción del consumo de productos lácteos inocuos y de calidad”, que tiene por finalidad fomentar el desarrollo de la cadena láctea, fortalecer la producción nacional y garantizar el acceso y consumo de productos lácteos inocuos y de calidad a través de estrategias enmarcadas en el “Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Cadena Láctea”.

El documento normativo tuvo entrada oficial durante la sesión ordinaria de ayer jueves y fue girado a las comisiones asesoras para su estudio correspondiente. “En Paraguay la cadena láctea es un sector en constante desarrollo, empleando en el sector primario, industrial y comercial a aproximadamente 250.000 personas, por lo que es sumamente importante para la economía, el desarrollo territorial y social. 

Actualmente cuenta con la primera planta industrial elaboradora de Leche en polvo, dando de esta forma participación a un número muy importante de pequeños y medianos productores”, explica el senador Enzo Cardozo. El legislador agrega que la industria láctea, tiene la oportunidad de producir para satisfacer en primer lugar el mercado interno y potencialmente la demanda externa, para lo cual se requiere de importantes reformas y adecuaciones institucionales, además de contar con políticas públicas destinadas a favorecer las inversión pública y privada. 

La propuesta normativa establece que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, será el organismo ejecutor del Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Cadena Láctea, a través del Vice Ministerio de Ganadería (VMG) conjuntamente con el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), “quienes deberán coordinar y garantizar la implementación efectiva de dicho Plan, estableciendo estrategias y actividades, conjuntamente con el sector privado, enmarcadas en los cuatro ejes temáticos; Organización y gestión del sector primario, Organización del Sector Industrial, Comercialización y mercado, Agricultura familiar y seguridad alimentaria e información sectorial, conforme a las potestades institucionales de ambas dependencias. 

Además dispone que, para la ejecución, sostenibilidad y continuidad del Plan Nacional del Desarrollo Sostenible de la Cadena Láctea, el Ministerio de Hacienda transferirá antes del 10 de cada mes, el 80% de los recursos provenientes de la recaudación generada en el mes anterior por la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las ventas internas y a la importación de productos lácteos clasificados en las partidas arancelarias 04.01 al 04.06 y el 19.01 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. “Este monto porcentual deberá ser asignado en un 20% al presupuesto institucional del Viceministerio de Ganadería y un 80% al presupuesto institucional del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) y tendrá carácter acumulativo e inembargable y deberá ser destinado exclusivamente a la implementación de las actividades sanitarias, comerciales, de inocuidad y calidad del Plan Nacional del Desarrollo Sostenible de la Cadena Láctea”, señala el texto. 

Otra de las medidas establecidas en el proyecto de ley se refiere a que, en los procesos de compra por Licitación Pública Nacional o adjudicación directa, de productos lácteos (UAT, en polvo, vitaminada, deslactosada, fortificada y enriquecida) y derivados (yogurt, queso, dulce de leche), por parte de los Organismos y Entidades del Estado, serán adjudicadas exclusivamente las que sean de industria nacional (Certificada por el SENACSA), cumpliendo el procedimiento establecido para el efecto en la Ley de Contrataciones Públicas, sus modificaciones y reglamentaciones vigentes. 

Para los fines del artículo precedente, indica el documento, “solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente; leche de origen nacional, debidamente certificada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA)”. Agrega que, en caso de no existir disponibilidad de leche de origen nacional para atender la demanda de las instituciones públicas, las autoridades competentes podrán autorizar la compra de leche de origen extranjero con las justificaciones pertinentes, hasta la regularización de la situación. Tanto el SENACSA como el Vice Ministerio de Ganadería serán responsables de confirmar el desabastecimiento de leche de origen nacional en el mercado interno. El proyecto de ley excluye de momento las fórmulas para lactantes hasta que las industrias nacionales sean habilitadas y aprobadas por las autoridades competentes a los fines pertinentes. “El Gobierno Nacional debe generar los mecanismos propicios para el cumplimiento de sus objetivos y dentro de las políticas de estado, como lo tienen varios países de la región, se debe contemplar el impulsar el consumo de leche en la población y potenciar el desarrollo del sector lácteo para que la población reciba productos inocuos y de calidad”, resalta el senador Cardozo. 

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